Tal como lo dije en mi nota anterior, el proyecto de ley, fue presentado en absoluta secretividad, por el diputado Oswaldo Ramos Soto, Ex Rector, de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Profesor de Derecho Constitucional, en la Facultad de Derecho de la misma universidad.- Personaje que inicio con su gestión como Rector, el hundimiento y oscurantismo académico de la máxima Casa de Estudios.
No podíamos esperar demasiado del Proyecto por mucho que el profesional en cuestión sea talentoso, sus compromisos con los sectores y la historia oscura de Honduras es ineludible.-
Es imperioso recalcar que el modelo de la actual Corte, que agrupa la Sala Constitucional no ha dado resultado positivo alguno en la administración de Justicia Hondureña, por haber sucumbido dicha Sala, al Control y al Poder que se ejerce desde la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, frente a la mayoría, de integrantes como Magistrados que son seleccionados directamente por un partido político.-
La Corte anterior, era controlada por el Partido Nacional, la Corte actual por el Partido Liberal, sin diferencias de caracteres ideológicos, ni morales, ni éticos ambas instituciones en cuanto a la función de la administración de justicia, si resumiéramos la vida de los partidos políticos por la administración de justicia, pudiéramos decir con facilidad, que son responsables del hundimiento en el cual se encuentra nuestro país.
Si se analiza, ya en un orden puramente fáctico el desempeño de la Sala Constitucional, podríamos no solamente advertir el retraso en fallos, sino en la poca calidad de sus sentencias, muchas contradictorias y acomodadas a los hechos políticos, sin haber creado hasta este momento la más mínima corriente Constitucional Jurisprudencial de sus actos, mucho menos credibilidad en cuanto al respeto de la Constitución de la Republica.
El proyecto ha sido conocido esta semana, y tiene por fin, vía decreto desintegrar la Sala de lo Constitucional incorporando los magistrados a las salas restantes de la Corte Suprema de Justicia para dar paso a la conformación del Tribunal Constitucional hondureño.-
Evidencia de manera burda el proyectista los intereses que representa y que lo deseado es controlar desde el Ejecutivo y el Congreso, solo por tener mayoría política los miembros del Partido Nacional, los recursos y conocimiento judiciales que le han permitido a la clase oligarca y política del país realizar sus fechorías.-
Transcribo el Artículo 320 del proyecto del Decreto en mención;
“Artículo 320. Crease el Tribunal Constitucional con autonomía funcional y administrativa e independencia propia, con sede en la Capital de la República. El cual estará integrado por siete magistrados propietarios y tres suplentes, los cuales deben ser electos por el Congreso Nacional por mayoría calificada de dos terceras partes de la totalidad de sus miembros. Tres de una nómina de nueve (9) propuesta por el Presidente de la República; uno (1) de una nómina de cuatro (4) propuesto por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial; y tres (3) elegidos directamente por el Congreso Nacional. Los magistrados suplentes deben ser electos seleccionando uno por cada órgano proponente.
Para ser miembro del Tribunal Constitucional se debe tener los mismos requisitos que para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia y además, tener amplios conocimientos en materia de Derecho Constitucional.
Los miembros del Tribunal Constitucional serán nombrados para un periodo de siete años y pueden ser reelectos para un periodo más, sin necesidad de nuevas propuestas en nóminas de elegibles.
Los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes en el ejercicio de sus funciones e inamovibles en el ejercicio de su mandato.
El Presidente del Tribunal Constitucional será electo por el Congreso Nacional por mayoría calificada de las dos terceras partes de sus miembros y durara en sus funciones siete (7) años.
El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio hondureño y es competente para:
1) Conocer de conformidad con esta Constitución y la ley, de los recursos de Hábeas Corpus, Hábeas Data, Amparo, Inconstitucionalidad y Revisión; y
2) Dirimir los conflictos entre los poderes del Estado, incluido el Tribunal Supremo Electoral, así como, entre las demás entidades u órganos que indique la ley; las sentencias en que se declare la inconstitucionalidad de una norma serán de ejecución inmediata, tendrá efectos generales, y por tanto derogarán la norma inconstitucional infringida, debiendo publicarse en el diario oficial de la República “La Gaceta”.
3) El Tribunal Constitucional emitirá su propio reglamento interno, en el cual se establecerá la organización y funcionamiento del mismo.
El Congreso Nacional aprobará anualmente su presupuesto.
Artículo 3.- Los actuales miembros de la Sala de lo Constitucional por virtud de la presente reforma constitucional, debe integrarse a las otras salas de conformidad al reglamento interno de la Corte Suprema de Justicia.
Artículo 4.- Los asuntos que de conformidad con su competencia constitucional y legal estuviere conociendo la Sala de lo Constitucional y que estuvieren pendientes de resolución, pasarán a ser conocidos por el Tribunal Constitucional.”
Uno de los complejos temas a tratar para diseñar un Tribunal Constitucional, es estrictamente definir el control político del mismo.- Organizarlo de la manera como lo proponen, es una macabra jugada para desintegrar la actual Corte y generarle mayoría en el futuro Tribunal Constitucional al actual gobierno del Partido Nacional ya que no tiene control sobre la Corte Actual por ser esta de mayoría Liberal.
¿Qué esta pasando y que motiva este proyecto?
Esencialmente, un juego de poder político de los sectores más ultra conservadores del país, conocidos como Golpistas, afincados en el estado para controlar el Poder Judicial.
Y el fin en si mismo es perpetuar el control a siete años mas por cualquier posible descontrol del Estatus Quo imperante, mientras los efectos del Golpe de Estado pasan y se olvidan en una sociedad que carece de memoria histórica.-
En pocas palabras amarrar desde el punto de vista de sentencias judiciales, cualquier descontrol en el inmediato futuro, porque el partido actual en el gobierno con su deficiente administración y su hermano gemelo el Partido Liberal, están en riesgo de perder las elecciones, y al venirse de manera próxima los recambios de la actual Corte Suprema de Justicia, no quieren dejar nada al azar.-
Ya sacaron las uñas con el proyecto del Tribunal Constitucional, corresponderá al Poder Popular a través de un proceso constituyente, CORTÁRSELAS.-
Carlos Augusto Hernández Alvarado
Abogado y Notario
carlosaugusto69@yahoo.com
No podíamos esperar demasiado del Proyecto por mucho que el profesional en cuestión sea talentoso, sus compromisos con los sectores y la historia oscura de Honduras es ineludible.-
Es imperioso recalcar que el modelo de la actual Corte, que agrupa la Sala Constitucional no ha dado resultado positivo alguno en la administración de Justicia Hondureña, por haber sucumbido dicha Sala, al Control y al Poder que se ejerce desde la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, frente a la mayoría, de integrantes como Magistrados que son seleccionados directamente por un partido político.-
La Corte anterior, era controlada por el Partido Nacional, la Corte actual por el Partido Liberal, sin diferencias de caracteres ideológicos, ni morales, ni éticos ambas instituciones en cuanto a la función de la administración de justicia, si resumiéramos la vida de los partidos políticos por la administración de justicia, pudiéramos decir con facilidad, que son responsables del hundimiento en el cual se encuentra nuestro país.
Si se analiza, ya en un orden puramente fáctico el desempeño de la Sala Constitucional, podríamos no solamente advertir el retraso en fallos, sino en la poca calidad de sus sentencias, muchas contradictorias y acomodadas a los hechos políticos, sin haber creado hasta este momento la más mínima corriente Constitucional Jurisprudencial de sus actos, mucho menos credibilidad en cuanto al respeto de la Constitución de la Republica.
El proyecto ha sido conocido esta semana, y tiene por fin, vía decreto desintegrar la Sala de lo Constitucional incorporando los magistrados a las salas restantes de la Corte Suprema de Justicia para dar paso a la conformación del Tribunal Constitucional hondureño.-
Evidencia de manera burda el proyectista los intereses que representa y que lo deseado es controlar desde el Ejecutivo y el Congreso, solo por tener mayoría política los miembros del Partido Nacional, los recursos y conocimiento judiciales que le han permitido a la clase oligarca y política del país realizar sus fechorías.-
Transcribo el Artículo 320 del proyecto del Decreto en mención;
“Artículo 320. Crease el Tribunal Constitucional con autonomía funcional y administrativa e independencia propia, con sede en la Capital de la República. El cual estará integrado por siete magistrados propietarios y tres suplentes, los cuales deben ser electos por el Congreso Nacional por mayoría calificada de dos terceras partes de la totalidad de sus miembros. Tres de una nómina de nueve (9) propuesta por el Presidente de la República; uno (1) de una nómina de cuatro (4) propuesto por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial; y tres (3) elegidos directamente por el Congreso Nacional. Los magistrados suplentes deben ser electos seleccionando uno por cada órgano proponente.
Para ser miembro del Tribunal Constitucional se debe tener los mismos requisitos que para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia y además, tener amplios conocimientos en materia de Derecho Constitucional.
Los miembros del Tribunal Constitucional serán nombrados para un periodo de siete años y pueden ser reelectos para un periodo más, sin necesidad de nuevas propuestas en nóminas de elegibles.
Los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes en el ejercicio de sus funciones e inamovibles en el ejercicio de su mandato.
El Presidente del Tribunal Constitucional será electo por el Congreso Nacional por mayoría calificada de las dos terceras partes de sus miembros y durara en sus funciones siete (7) años.
El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio hondureño y es competente para:
1) Conocer de conformidad con esta Constitución y la ley, de los recursos de Hábeas Corpus, Hábeas Data, Amparo, Inconstitucionalidad y Revisión; y
2) Dirimir los conflictos entre los poderes del Estado, incluido el Tribunal Supremo Electoral, así como, entre las demás entidades u órganos que indique la ley; las sentencias en que se declare la inconstitucionalidad de una norma serán de ejecución inmediata, tendrá efectos generales, y por tanto derogarán la norma inconstitucional infringida, debiendo publicarse en el diario oficial de la República “La Gaceta”.
3) El Tribunal Constitucional emitirá su propio reglamento interno, en el cual se establecerá la organización y funcionamiento del mismo.
El Congreso Nacional aprobará anualmente su presupuesto.
Artículo 3.- Los actuales miembros de la Sala de lo Constitucional por virtud de la presente reforma constitucional, debe integrarse a las otras salas de conformidad al reglamento interno de la Corte Suprema de Justicia.
Artículo 4.- Los asuntos que de conformidad con su competencia constitucional y legal estuviere conociendo la Sala de lo Constitucional y que estuvieren pendientes de resolución, pasarán a ser conocidos por el Tribunal Constitucional.”
Uno de los complejos temas a tratar para diseñar un Tribunal Constitucional, es estrictamente definir el control político del mismo.- Organizarlo de la manera como lo proponen, es una macabra jugada para desintegrar la actual Corte y generarle mayoría en el futuro Tribunal Constitucional al actual gobierno del Partido Nacional ya que no tiene control sobre la Corte Actual por ser esta de mayoría Liberal.
¿Qué esta pasando y que motiva este proyecto?
Esencialmente, un juego de poder político de los sectores más ultra conservadores del país, conocidos como Golpistas, afincados en el estado para controlar el Poder Judicial.
Y el fin en si mismo es perpetuar el control a siete años mas por cualquier posible descontrol del Estatus Quo imperante, mientras los efectos del Golpe de Estado pasan y se olvidan en una sociedad que carece de memoria histórica.-
En pocas palabras amarrar desde el punto de vista de sentencias judiciales, cualquier descontrol en el inmediato futuro, porque el partido actual en el gobierno con su deficiente administración y su hermano gemelo el Partido Liberal, están en riesgo de perder las elecciones, y al venirse de manera próxima los recambios de la actual Corte Suprema de Justicia, no quieren dejar nada al azar.-
Ya sacaron las uñas con el proyecto del Tribunal Constitucional, corresponderá al Poder Popular a través de un proceso constituyente, CORTÁRSELAS.-
Carlos Augusto Hernández Alvarado
Abogado y Notario
carlosaugusto69@yahoo.com
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