EN RECONSTRUCCIÓN

sábado, 30 de octubre de 2010

UNA COMISION INTERNACIONAL CONTRA LA IMPUNIDAD EN HONDURAS- UNA APROXIMACION AL TEMA.


Ha circulado la noticia el pasado 10 de septiembre del año 2010, acá en Honduras que podría crearse una Comisión Internacional Contra la Impunidad, al estilo de la que opera en la Republica de Guatemala bajo las siglas CICIG.- No han habido grandes pronunciamientos con relación al tema, excepto algunos sectores defensores de los derechos humanos que ven con buenos ojos la creación de un organismo de esta naturaleza.- La propuesta parece novedosa y de cara a su existencia será importante analizar su posibilidad legal y algunos aspectos políticos en el futuro y la integración de la misma.

Entorno a esta noticia la primera pregunta fundamental es; ¿Cuál seria el marco legal para el surgimiento de dicha Comisión?, vale la pena esbozar que en el caso Guatemalteco sirvieron de marco referencial los tratados siguientes: Carta de las Naciones Unidas, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones a promover y proteger los Derechos Humanos y las libertades fundamentales universales reconocidos.- De estos tres instrumentos internacionales, Honduras forma parte, habiéndolos ratificado y comprometiéndose con los mismos; por consiguiente conforme el articulo 16 de la Constitución de la Republica párrafo segundo establece; “que los tratados debidamente ratificados formaran parte del derecho interno hondureño”. Honduras tiene la obligación de desarrollar e implementar los mismos en el marco de la legislación interna para plena satisfacción de los ciudadanos y la persona humana .

Si seguimos en un orden lógico nos preguntaríamos: ¿Existe posterior a estos tratados algún acuerdo entre las Organización de las Naciones Unidas y Honduras para la implementación de esta Comisión?, concluiríamos en que no, o estoy pecando de no conocerlo aún con la amplia investigación que he realizado.- La ONU a través del articulo 55 y 56 de su Carta Constitutiva tiene el compromiso y mandato para dar este tipo de apoyo, pero repito los ciudadanos hondureños desconocemos si entre la ONU y Honduras hay algún acuerdo que desarrolle todo el marco referencial de los tratados señalados y el mandato de la Carta de las Naciones Unidas expresos en el articulo 55 y 56 que permita la creación de una Comisión Internacional Contra la Impunidad.- Podríamos decir que este es el primer punto a resolver, definir ese acuerdo de creación.- La Constitución de la Republica en el articulo 245 en sus numerales 1, 2, 12 y 13 le confiere las facultades al Presidente de la Republica de cumplir con los tratados y las convenciones, dirigir la política general del estado, las relaciones internacionales y la de poder celebrar tratados; en consecuencia seria interesante saber, si el Gobierno de la Republica presidido por Don Porfirio Lobo Sosa y salido de elecciones ilegitimas, celebradas en el marco de un Golpe de Estado, donde muchos de sus actores participaron en el mismo, tienen la voluntad política de suscribir un acuerdo que lleve el objetivo de la creación de una Comisión Internacional Contra la Impunidad, y verse sometidos a un compromiso como el que señala el “Considerando 3” del Acuerdo entre Guatemala y la ONU para la creación de su Comisión que manifiesta:

“… que los cuerpos ilegales de seguridad y aparatos clandestinos de seguridad atentan gravemente contra los derechos humanos a través de acciones delictivas, existiendo en los mismos capacidad de provocar impunidad, entendida ésta como la inexistencia de hecho o de derecho de responsabilidad penal, administrativa, disciplinaria o civil para los responsables de dichas acciones, eludiendo la investigación o la condena; todo lo cual conduce al debilitamiento del estado de derecho, impidiendo al Estado cumplir con su deber de garantizar a los ciudadanos afectados la protección de su vida, integridad física y el pleno acceso a la justicia, con la consecuente pérdida de la confianza de los ciudadanos en las instituciones democráticas del país.”

¿Tendrá el valor el Gobierno de comprometerse a eso?, imaginemos una investigación al Fiscal General por sus actos en el marco del Golpe de Estado, o al Comisionado Nacional de Derechos Humanos, o los Diputados, y no digamos a la Corte Suprema de Justicia porque no incluir a Ex -Funcionarios y Presidentes de gobiernos anteriores y con suma lógica al realizado de forma espuria por el señor Roberto Micheletti.

Otro aspecto fundamental a tratar es que este modelo de Comisión no debe de ser vista como un órgano de juzgamiento, ya que el articulo 304 de la Constitución es claro: “Corresponde a los órganos jurisdiccionales aplicar las leyes a casos concretos, juzgar y ejecutar lo juzgado. En ningún tiempo podrán crearse órganos jurisdiccionales de excepción.”; por lo tanto seria ilógico pretender una Comisión con estas funciones, o que pueda satisfacer aquella idea de los seguidores del Presidente Zelaya sobre la posibilidad para la creación de un tribunal excepcional que juzguen hechos, máxime del Golpe de Estado.

¿Podría esta Comisión actuar como denunciante o como investigador?, si leemos el articulo 1, 6 y 16 de la Ley del Ministerio Publico, podemos darnos cuenta con facilidad que estas facultades están conferidas al Ministerio Publico Hondureño, y si vemos de los articulo 267 al 284 del Código Procesal Penal Hondureño, la facultad de investigación es conjunta entre la Dirección General de Investigación Criminal y la Fiscalia del Estado. Asimismo hay que tener en consideración la nueva Ley de Orgánica de la Policía Nacional de Honduras específicamente los artículos 70 al 75, sobre las funciones de los cuerpos especiales de la policía en materia de investigación, ampliamente relacionado con el articulo 293 de la Constitución de la Republica.-

Nada fácil, la posible creación de esta Comisión en Honduras, el marco de la situación de Guatemala parece ser que condicionó poderla crear en nuestra hermana Republica.- Es importante tener en consideración los artículos 1, 2 y 3 del Acuerdo de creación de la Comisión de Guatemala, si este fuera el caso hondureño chocaría inmediatamente con facultades conferidas en las leyes que he señalado precedentemente, implicaría reformas de las mismas e inclusive una revisión de la norma constitucional. El posible acuerdo de creación estaría fácilmente chocando si no se tiene los cuidados respectivos con el artículo 17 de la Constitución de la Republica.

Parece que Honduras frente a este tipo de posibilidades y ante el hundimiento que vivimos por la falta de credibilidad en todas las instituciones públicas, por el poco acceso o mejoramiento de la justicia es como que viviéramos en la cueva de Caco. Un infierno constante para los ciudadanos de la Republica del cual no podemos escapar.- De poderse concretar una iniciativa como estas, y ante las imposibilidades y cuidados a tener que estoy señalando, estoy casi seguro que los defensores de Caco y el Caco mismo levantarían sus voces para impedir su creación y el funcionamiento de semejante Comisión. Los medios de comunicación plegados a sectores ultra conservadores y del Golpe de Estado manipularían constantemente sus teorías jurídicas ya con posturas conocidamente aberradas acerca de la implementación del organismo. ¿Quién integraría esta Comisión?, que no suceda como la Comisión de la Verdad en el Golpe de Estado Hondureño, engañándonos con integrantes que ya sabemos que opinaran, y que no investigaran nada. Garantizar la independencia y seguridad de sus miembros en un país atrapado en corrupción, narcotráfico, y con una policía bastamente señalada con sus involucraciones con el delito, debe ser un aspecto muy importante para garantizar su éxito.

La sola noticia por si, a pesar de su dificultad es como una boconada de aire fresco, para la imperante injusticia en que vivimos, pone de manifiesto al Poder Judicial, tal como lo hemos señalado en otras oportunidades porque perdió su brújula moral y por lo tanto su responsabilidad de ética, en especial con el Golpe de Estado, que el Fiscal General de la Republica, el Comisionado Nacional de Derechos Humanos, la Comisión Anti Corrupción, y la nueva Ministro de Derechos Humanos; son personas y órganos que vegetan plegados a la cueva de Caco, y de nada servirá un esfuerzo mientras estas personas sigan estando allí como parches, remendando un sistema que necesita ser urgentemente revisado desde la norma constitucional a sus leyes orgánicas.

La tercera pregunta que me hice al iniciar este artículo es: ¿Tendrá el valor el Gobierno de comprometerse a eso?; a la creación o búsqueda de una Comisión sabiendo que ellos han participado de lo mismo, para lo mismo y seguir estando en lo mismo; dudo mucho de esta posibilidad. En consecuencia es importante que el Presidente Porfirio Lobo Sosa aparte de asesorarse de los mejores profesionales para la creación de la Comisión, dé muestras de valentía en sacudirse a muchos integrantes del aparato del estado y gobierno que seguro serían investigados por una Comisión Internacional Contra la Impunidad Hondureña.

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