EN RECONSTRUCCIÓN

jueves, 13 de enero de 2011

PLEBISCITO Y REFERENDUM EN HONDURAS, OBJETIVO: VENTA DE LA SOBERANIA

El día de ayer 12 de enero del año 2011 el Congreso Nacional de la Republica de Honduras reformaba el artículo 5 de la Constitución Hondureña con el objetivo de eliminar cualquier barrera para elegir los temas que deben de ser consultados al pueblo hondureño mediante los mecanismos del Plebiscito y Referéndum.

Que paradojas las de la historia de Honduras, el Congreso Nacional de la Republica que aun tiene muchos integrantes, entre ellos, su Presidente Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado, que votaron por el ilegal decreto, que destituyo al Presidente legitimo Manuel Zelaya Rosales por cometer el pecado de querer consultar al pueblo a través de una encuesta habilitada por la Ley de Participación Ciudadana, donde se le preguntaría al soberano si deseaba o no una nueva Constitución, hoy como refinados demócratas dicen, que al pueblo se le puede consultar todo mediante la reforma aprobada en la noche de ayer, que cinismo, que amoralidad y falta de ética política.

Quieren hacerle entender al pueblo de Honduras y a la comunidad internacional que esta clase política, en conjunto con la oligarquía económica, son pro las reformas que impulsaran el desarrollo de Honduras, la sesión de anoche del Congreso Nacional con los lamentables discursos, vacíos en contenido, en reflexión y de moral y ética política, no son mas que una muestra vergonzosa de quienes nos gobiernan, una que otra participación pareció salvar semejante tragedia, falta de intelectualidad y de compromiso con el país.

Aparentemente el permitir al pueblo hondureño, le sea consultado sobre todos los temas, es la verdadera conquista, cuando eso es totalmente falso, la conquista real es que la clase gobernante se dio cuenta de la profunda insatisfacción del pueblo y que esa insatisfacción mostrada, con mayor preponderancia a partir del 28 de junio del año 2009 con el golpe de Estado, los esta conllevando a su eliminación propia, el disfrazar estas reformas creen que les hará revitalizarse políticamente.

Falta ver como queda la ley que reglamentara el Plebiscito y el Referéndum, vea no nos encontremos con la sorpresa, que en esa propia ley comiencen a ponerle trabas a los mecanismos de consulta.

Han querido mantener la opinión publica entretenida, en querer hacer ver que la intención política de la reforma, es permitir la reelección presidencial, articulo que esta prohibido y denominado Pétreo inmodificable en la Constitución hondureña, la verdad del trasfondo de la reforma del articulo 5 constitucional es otra.

Los intereses norteamericanos en el país están sumamente interesados en crear zonas especificas con regimenes especiales a los cuales han denominado CIUDADES MODELOS, ceder parte de nuestro territorio y de nuestra soberanía en puntos donde estratégicamente se administran nuestros recursos naturales y se controla geopolíticamente a la hermana Republica de Nicaragua, es lo que se busca con la reforma del articulo 5 de la Constitución, ya que la prohibición del articulo 19 constitucional que a su letra dice:

Artículo 19. Ninguna autoridad puede celebrar o ratificar tratados u otorgar concesiones que lesionen la integridad territorial, la soberanía e independencia de la República. Quien lo haga será juzgado por el delito de traición a la patria. La responsabilidad en este caso es imprescriptible.

Es el elemento que les impide poder entregar la soberanía territorial y política del país. Que curioso que en la misma sesión donde se aprobó la reforma sin obstáculos, al mecanismo del Plebiscito y el Referéndum, también sin darle importancia se introdujo el proyecto de decreto de crear las ciudades modelos.

Y que la semana recién pasada, los Medios de Comunicación hicieran eco con el Presidente del Congreso Nacional de la exposición del Norteamericano señor Paul Romer, proyectista del tema en cuestión.

Como lo dije en un articulo anterior.

“No dudo que el prestigioso expositor el profesor de la Universidad de Stanford, Paul Romer pueda tener razón o lógica en la exposición de estos proyectos, de lo que dudo es de la historia de Honduras y quienes la están haciendo.- Que casualidad que este proyecto se presenta para su ejecución en una zona donde la riqueza de nuestros recursos naturales, es tan grande, que juega con la existencia del petróleo y con una proximidad estratégica hacia la hermana Republica de Nicaragua, coincidiendo plenamente estos proyectos bajo el descalabro provocado por la propia oligarquía en complicidad con los Estados Unidos acelerados con los hechos del Golpe de Estado del 28 de junio del año 2009. Hoy bajo la mascara del desarrollo lo que pretenden realmente es que se entregue una vez mas lo poco que queda de la soberanía nacional y los recursos naturales del país que deben estar al servicio de todos los hondureños”.

Esta es la verdadera mascara de la reforma del articulo 5 y para muestra, es importante ver como quedo redactada dicha reforma aprobada el día de ayer, en el articulo 5 en su parte final que habilita que con las dos terceras partes del control del Congreso aprobarían un Plebiscito o referéndum sobre el territorio nacional de la Republica. Como saben que controlan esas dos terceras partes en este momento y la presión norteamericana de instaurar ese modelo de ciudades es tan fuerte, se apresuraron a aprobar las reformas del articulo 5 en esta legislatura que finaliza el 20 de enero, porque el día 21 la ratificarían con la segunda legislatura y entraría en vigencia el mecanismo con el cual pretenden ceder parte del territorio nacional para el denominado proyecto de las CIUDADES MODELOS.

El artículo 5 quedo redactado así:

ARTÍCULO 5.- El gobierno del Estado debe sustentarse en los principios de la soberanía popular, la autodeterminación de los pueblos y la democracia participativa, de los cuales se deriva la integración nacional, la estabilidad política y la paz social. Para fortalecer la democracia representativa, se instituyen como mecanismos de participación ciudadana el referéndum, el plebiscito y la iniciativa de ley ciudadana. El referéndum se convocará sobre una Ley Ordinaria o una norma constitucional o su reforma aprobadas para su ratificación o desaprobación por la ciudadanía. El plebiscito se convocará solicitando de los ciudadanos un pronunciamiento sobre aspectos constitucionales, legislativos o administrativos, sobre los cuales los Poderes Constituidos no han tomado ninguna decisión previa. El referéndum y el plebiscito pueden realizarse a nivel nacional, regional, subregional, departamental y municipal. Tienen iniciativa para solicitar referéndum o plebiscito: 1) Al menos el dos por ciento (2%) de los ciudadanos inscritos en el Censo Nacional Electoral. 2) Al menos diez 10 Diputados del Congreso Nacional, y; 3) El Presidente de la República en resolución de Consejo de Secretarios de Estado. El Congreso Nacional debe conocer y discutir dichas peticiones, y si las aprueba debe emitir un Decreto que determine los extremos de la consulta, ordenando al Tribunal Supremo Electoral, convocar, organizar y dirigir las consultas a los ciudadanos. Los porcentajes de aprobación legislativa a las consultas populares son determinados según el tema a ser consultado de conformidad a esta Constitución, por simple mayoría cuando se trate de leyes y asuntos ordinarios, las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros cuando se refiera a asuntos constitucionales, y de las tres cuartas partes de la totalidad de sus miembros cuando se refiera a asuntos del territorio nacional.

Una vez más llenos de ignorancia y de amoralidad los diputados y cortos en su análisis, no se dieron cuenta de las pretensiones del Presidente Porfirio Lobo Sosa y del Presidente del Congreso Nacional Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado.

Evidentemente la lucha continúa y ahora será por detener el arriendo del territorio nacional, así como lo hicieron los antepasados otorgando las mejores tierras a los enclaves bananeros, que determinaron nuestra dependencia e intromisión extrajera y con el pasar del tiempo lo único que comprobamos con nuestra historia, es que seguimos siendo una “BANANA REPUBLIC”.

CARLOS AUGUSTO HERNANDEZ ALVARADO
ABOGADO Y NOTARIO
Carlosaugusto69@yahoo.com

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